El Lenguaje Jurídico y Administrativo: Características, Estilo y Clasificación de Textos Formales

Los Textos Jurídicos y Administrativos

Forma Lingüística de los Textos Jurídicos y Administrativos

La lengua natural es la base de los textos jurídicos y administrativos, cuyo fin —regular las relaciones sociales— exige una lengua clara y precisa. Por ello, el estilo se subordina al contenido y se caracteriza por su formalidad, objetividad y universalidad, y el emisor tiene muy poca libertad de elección.

No obstante, el objetivo de claridad se ve a menudo obstaculizado por varias razones:

  • Las imprecisiones y ambigüedades de las lenguas naturales.
  • Lo delicado o conflictivo de los contenidos que, por sus repercusiones sociales e individuales, requieren un lenguaje detallado y técnico que permita una interpretación unívoca y correcta.
  • El peso de las tradiciones heredadas (en el ámbito jurídico, por ejemplo, la herencia del derecho romano), que da un carácter muy conservador al lenguaje por su vinculación con el pasado, aunque, por otro lado, es una garantía de estabilidad.

El resultado de todo ello es que los textos suelen resultar complejos o difíciles para el ciudadano, lo que parece paradójico en un lenguaje que debe ser funcional y accesible. Si atendemos a sus características concretas, podemos decir que el lenguaje jurídico y administrativo es un lenguaje de registro formal alto, muy especializado por el contenido, la estructura, el peso de la tradición y las formas lingüísticas a través de las que se manifiesta. Veamos estas formas.

Nivel Morfosintáctico

En el nivel morfosintáctico, los rasgos más característicos son los siguientes:

Estilo Nominal

Se utiliza para dar relieve al concepto. Esta característica se manifiesta en:

  • Tendencia a la nominalización (ejemplos: «dar curso» por *cursar*; «tomar en consideración» por *considerar*).
  • Las sustantivaciones (ejemplos: «lo expuesto», «el demandado», «el contribuyente»).
  • La supresión del artículo (ejemplo: «se tramitará expediente»).

También en el sintagma nominal destacan los adjetivos antepuestos, que dan lugar a formas estereotipadas como presunto delito o preceptivo dictamen.

Oraciones Largas y Complejas

Se caracterizan por incluir incisos, subordinadas, citas o referencias y aclaraciones, con los que se persigue precisar al máximo el contenido. Algunas preposiciones o conjunciones simples se sustituyen por locuciones prepositivas o conjuntivas (ejemplos: «a efectos de» por *para*; «a tenor de» por *según*).

Todo lo anterior da un ritmo lento y monótono a los textos, como también las numerosas repeticiones de palabras, subrayadas por adjetivos como citado, dicho, mencionado o antedicho. En contraposición, sobre todo en los formularios, se da un estilo «telegráfico» en el que se suprimen nexos y artículos, y se utilizan esquemas sintácticos claros reforzados por la distribución tipográfica. Otra particularidad es el uso de la barra (/) en impresos, formularios y otros documentos (ejemplos: y/o, el/la, representado/a).

Uso Especial del Verbo e Impersonalidad

El uso especial del verbo muestra la tendencia de este tipo de textos a la impersonalidad, lo que les da mayor objetividad. Abundan gerundios, participios e infinitivos, en construcciones concertadas y absolutas. Pero el abuso de estas formas, además de poco elegante, es a menudo incorrecto (ejemplo incorrecto: «decretando dichos actos administrativos no ajustados a derecho y revocándolos y dejándolos sin valor ni efecto algunos y declarando…» o «a rellenar por la oficina»).

La impersonalidad se manifiesta también en las numerosas construcciones pasivas e impersonales (ejemplos: «solicita le sea concedida una beca»; «se procederá a dictar resolución»).

Formas que Expresan Obligación

Dado el carácter prescriptivo de los textos, abundan las formas que expresan obligación:

  • Las perífrasis obligativas (haber de, deber, tener que…).
  • Los futuros de obligación y de posibilidad (ejemplos: «el juez admitirá la demanda…», «podrá interponer recursos»).
  • El imperativo (ejemplo: «comuníquese»).
  • Los verbos en los que decir es al mismo tiempo hacer, conocidos como verbos performativos (ejemplos: *fallo*, *declaro*, *prometo* o *certifico*).

Tratamientos y Distanciamiento

Los tratamientos expresan un distanciamiento, como se observa en:

  • El uso del plural oficial (ejemplo: «por la presente le comunicamos, ponemos… en su conocimiento»).
  • El uso de la tercera persona en vez de la primera (ejemplos: «este negociado…», «el que suscribe…»).

Sin embargo, hoy se recomienda el uso de la primera persona en los textos en que el emisor es el ciudadano, como la instancia o la declaración jurada. Los tratamientos excelentísimo e ilustrísimo señor (y sus abreviaturas Excmo. e Ilmo. Sr.) se reservan para altos cargos. En la actualidad, la propia Administración propone sustituir estas fórmulas, que proceden de una relación desigual e injusta, por *usted* o el tratamiento *señor/señora* seguido del empleo o cargo que ocupa el representante de la Administración (por ejemplo: «Señora Jefa de Negociado»).

Nivel Léxico

Léxico Denotativo y Culto

Por lo que al nivel léxico se refiere, el vocabulario empleado en los textos jurídicos y administrativos es absolutamente denotativo, por su objetivo de precisión, y es culto, debido al peso de la tradición jurídica, base también del lenguaje administrativo. Por ese mismo motivo, a veces también resulta anacrónico.

Tecnicismos

Abundan los tecnicismos, tanto los cultismos propios (como *legítimo* o *intestado*) como los procedentes de la lengua común usados como términos técnicos (ejemplos: *vicio*, *escritura*, *diligencia*). Muchos de ellos son abstractos, procedentes de sustantivaciones (ejemplos: *quebrantamiento*, *embargo*, *jurisdicción*…).

Arcaísmos, Clichés y Fórmulas

Abundan también los arcaísmos (ejemplos: *pedimento*, *otrosí*) y las muletillas, clichés y fórmulas de cortesía (ejemplos: «y para que así conste», «a petición», «prometo por mi honor», «en virtud de lo acordado», «gracia que espera merecer de su recto proceder»), algunas de las cuales se usan desde tiempos inmemoriales. Otra tendencia opuesta al uso de los arcaísmos es el uso de las siglas (ejemplos: el DNI, el BOE).

Diferencias entre Textos Jurídicos y Administrativos

Hemos señalado indistintamente rasgos de los textos jurídicos y administrativos, la mayoría de los cuales son comunes, pero resaltaremos que los textos jurídicos son más convencionales y conservadores, menos sujetos a cambio y de registro más culto. En ellos se mantienen formas muy protocolarias en fórmulas y tratamientos (ejemplos: *su Señoría*, *con la venia*, *es justicia que pido*) y siguen vivos muchos latinismos, como habeas corpus (derecho del detenido a comparecer inmediatamente ante el juez), y máximas jurídicas en latín, como in dubio pro reo (en la duda, a favor del reo). Por último, los tecnicismos son abundantísimos (ejemplos: *cognición* —procedimiento civil judicial—, *enajenación* —transmisión del derecho sobre alguna cosa—, etc.).

Clases de Textos Administrativos y Jurídicos

Los textos administrativos y jurídicos se dividen en diversas clases según el emisor:

Textos Legislativos

Emanan de una autoridad que tiene poder para legislar; por lo tanto, son siempre normativos o prescriptivos.

Textos Judiciales

Surgen del trabajo de los tribunales como origen o resultado de un proceso. El emisor es el ciudadano o la Administración de Justicia. En ambos casos se solicita que la justicia actúe para solucionar un conflicto que resulta de aplicar o infringir una norma.

Textos Administrativos

Tienen como emisor a la Administración o al ciudadano, que solicita el cumplimiento de un derecho. Son muy variados: prescriptivos, informativos, datarios (que dan fe pública), etc.

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