Conceptos Fundamentales y Evolución del Derecho a Través de la Historia

La evolución del Derecho a través del tiempo se manifiesta en el aspecto formal (su forma) y el aspecto material (contenido).

La variación de los criterios de valoración de los supuestos de hecho y la variación de los hechos son motivos por los cuales el Derecho cambia en su contenido, es decir, debido a la variación de los hechos y a las variaciones ideológicas que surgen con el cambio de contexto.

La adaptación como modalidad de cambio del Derecho supone revivir regulaciones del pasado (como en el caso de la piratería). La recepción es aquello que supone la incorporación voluntaria de una solución proveniente de otro sistema normativo.

El dogmatismo histórico y el historicismo crítico forman parte de las orientaciones del estudio de la Historia del Derecho.

DESARROLLO

1. Definición de la Historia del Derecho como Ciencia

Historiografía: los resultados de las operaciones de investigación sobre hechos del pasado. Es la historia como ciencia. Es el relato o narración de la historia y su objeto es la recreación del pasado y la reflexión sobre este.

2. El Derecho del Pasado: ¿Es Derecho?

Sí, porque el Derecho es un producto histórico. El Derecho es producto de la historia porque las normas cambian a lo largo del tiempo, evolucionan y se transforman al compás de los acontecimientos, las ideologías o las circunstancias sociales. El Derecho no solo cambia con la sociedad, sino que también regula su progreso. El Derecho constituye una categoría histórica porque cambia en cuanto la sociedad cambia.

3. Características del Derecho en las Culturas Prerromanas de la Península Ibérica

Se basa en la costumbre, pluralidad de textos, nivel arcaico y se basa en la personalidad. Habitantes de la Península Ibérica: Celtas, Iberos, Celtíberos y Tartessos.

  • Pluralidad o diversidad de sistemas normativos o jurídicos.
  • Costumbre: fuente formal principal fue la costumbre.
  • Bajo nivel científico: arcaico o rudimentario, no desarrollo conceptual, no escuela ni estudio de Derecho.
  • Principio de personalidad: la vigencia del Derecho en culturas prerromanas se guió por este principio.

4. Esferas de la Romanización Jurídica

Mencione las esferas o planos de la vida de pueblos sometidos que afectó al proceso de romanización jurídica y explique qué supuso cada uno de sus planos y su finalidad última:

  • Plano Provincial: guerras púnicas, militares, se aplicó el Derecho romano y todas tenían un estatuto jurídico.
  • Plano Local: estipendiarias

5. Causas de Formación del Derecho Romano Vulgar

Alfonso García Gallo sostenía que el auténtico Derecho romano vulgar era aquel que se daba en la práctica, dentro de concepciones romanas, sin el rigor contenido en los textos, mediante el cual la sociedad resolvía sus problemas conforme a los usos y costumbres imperantes.

Causa Interna

El Derecho Romano, al pasar de la época clásica a la Post-clásica, vio modificadas sus fuentes orgánicas y formales; es decir, quién crea el Derecho y cómo se manifiesta. El Derecho Romano clásico es un Derecho jurisprudencial, creado por juristas, ligado al proceso del formulario y su validez está justificada por la autoridad de los jurisprudentes. Es la etapa de mayor desarrollo y concluye con el hito de la muerte de Ulpiano el año 624 dc. Tras su muerte, la jurisprudencia clásica desaparece. En la época post-clásica, el Derecho Romano se ve debilitado internamente, pasa a ser Derecho Legislado y su principal fuente son las constituciones imperiales, creadas por el emperador asesorado por la cancillería imperial (juristas legos). En la época post-clásica, el proceso social relevante es el proceso extraordinario, que se realiza ante un funcionario imperial (juez) y no hay bipartición en el proceso. Existe la apelación y se puede llegar hasta el mismo emperador.

Causa Externa

El Derecho se vuelve permeable al influjo externo, pues ya no es desarrollado por expertos en Derecho, se pierde rigor científico y técnico. De esta forma, la costumbre se vuelve relevante; no se considera una fuente del Derecho, sino que se incorpora a este. Las provincias tenían sus propios usos y costumbres que afectaban a este Derecho permeable. Encuentro de dos niveles culturales distintos: Romano e Indígenas. La cristianización y germanización afectan también.

Causa General

Es la crisis socioeconómica que afecta al pueblo Romano en el siglo III, que provoca la ruralización y señorialización de la vida. Relaciones de dependencia con dueños de latifundios, quienes se atribuyen facultades como administrar justicia, tributos y formar ejércitos privados.

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